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Campaña de vigilancia y control del transporte escolar de la Dirección General de Tráfico: el 45,1% de los vehículos controlados han sido sancionados por incumplir alguno o varios de los puntos de la ley.
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- El 54% de las denuncias puestas por los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil corresponden a irregularidades.
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- Continúa el incumplimiento de la norma que, además es insuficiente porque los cinturones de seguridad de dos puntos de anclaje (instalados en el 90% de los autobuses y autocares) no son válidos para los niños.
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- El Grupo de Trabajo de seguridad pasiva (GRSP) de la ONU está desarrollando el Reglamento UN ECE R170. En diciembre de 2025 se presentará el documento formal que define el sistema de retención infantil para autocares con cinturones de 2 puntos.
Hace pocas semanas, la Dirección General de Tráfico (DGT) llevó a cabo una nueva campaña de vigilancia y control de vehículos dedicados al transporte escolar y de menores, con el fin de comprobar si se está cumpliendo la normativa sobre este tipo de vehículos. Durante los 5 días que duró la campaña (del 24 al 28 de enero), los agentes de Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil controlaron 3190 vehículos y sancionaron a 1441. Un año más, y como es habitual, los resultados de esta campaña de vigilancia son negativos, ya que el 45,1% de los vehículos controlados han sido sancionados por incumplir alguno o varios de los puntos de la ley.
En resumen, según los datos publicados por la DGT, el 54% de las denuncias corresponden a irregularidades administrativas como no disponer la autorización especial para realizar transporte escolar o carecer del seguro de responsabilidad civil ilimitada obligatorio por ley, entre otras infracciones. Por lo que respecta al uso de los cinturones de seguridad, los resultados de la campaña señalan que en 11 de los vehículos que contaban con estos dispositivos de seguridad, no se hacía uso de ellos a causa de anomalías en su funcionamiento, lo que supone un grave riesgo para la seguridad de los menores que viajan en estos vehículos.
Los resultados de esta campaña demuestran, una vez más, el grave incumplimiento de la normativa sobre el transporte escolar. La ley indica claramente que ”los menores de más de 3 años y de menos de 135 cm deberán viajar en el autobús obligatoriamente con un sistema de retención infantil homologado y si no se dispone de él, se emplearán los cinturones de seguridad siempre que sean adecuados a su estatura y peso”. Desde la Alianza Española para la Seguridad Vial infantil, AESVi, único foro en España compuesto por expertos nacionales e internacionales en seguridad vial infantil, queremos insistir una vez más a las autoridades competentes en la necesidad de que la norma se cumpla estrictamente, aunque insistimos también en la evidente insuficiencia de esta normativa.
AESVi – Unidos por la seguridad infantil
Mikel Garrido, miembro de AESVi, explica que “los sistemas de retención infantil son el mejor seguro de vida para los menores cuando viajan en automóvil, por eso su uso es obligatorio hasta que los pequeños alcanzan los 135 cm de altura y recomendable hasta los 150 cm”. Y aclara que “esto no debe ser válido exclusivamente en los turismos particulares, sino que debe ser aplicable a todos los vehículos en los que viajen niños y, muy especialmente, a aquellos destinados específicamente al transporte escolar y de menores, de ahí la importancia de unificar una norma que garantice y equipare la seguridad de los menores en el transporte escolar al mismo nivel que en los vehículos turismos particulares”.
A este respecto, AESVi sigue activamente el desarrollo de la normativa que está realizando el Grupo de Trabajo de seguridad pasiva (GRSP) de la ONU dentro del STCBC (Safer Transport of Children in Buses and Coaches). Este grupo está desarrollando la normativa UN ECE R170 en dos fases. La primera fase es la relativa a los requisitos que ha de cumplir el sistema de retención infantil para poder instalarse en aquellos autobuses y autocares que llevan instalados sistemas de anclaje isofix o cinturones de seguridad de tres puntos de anclaje. El reglamento ya está implementado y en vigor para estos casos, por lo tanto, las sillas de auto R129 pueden ser instaladas en estos vehículos con total garantía de seguridad para los menores.
Actualmente, el GRSP está trabajando en la segunda fase de la norma para regular la protección infantil en los autobuses que solo cuentan con cinturones de seguridad de dos puntos (el 90% de la flota europea), ya que estos dispositivos no son adecuados para proteger los cuerpos infantiles y las sillas de coche actuales no son compatibles con ellos. Ya está terminada la definición de esta Fase 2 del reglamento para autobuses y autocares escolares y se está ultimando la redacción del documento informal que se presentará en la reunión del próximo mes mayo para, en diciembre de este mismo año 2025, presentar el documento formal. Está previsto que antes del año 2029 se haya definido un buen sistema de retención infantil en autocares con cinturones de dos puntos que evite la eyección del niño de su asiento en caso de accidente. Y a partir de 2029, el objetivo del grupo de trabajo es tener desarrollado un sistema de retención infantil para los autobuses y autocares que proporcione el mismo nivel de seguridad a los menores que los sistemas de retención de los coches.